1. Misogi Dojo establece un sistema de cuotas diferenciales que relaciona el monto a pagar por el alumno con la totalidad de clases semanales que este pueda tomar.
2. La cuota se abonará a la administración del Dojo en los diez primeros días del mes a pagar.
3. En caso de que en el periodo de pago la administración del Dojo se encuentre fuera de funcionamiento por uno o más días se extenderá el periodo de pago por el tiempo equivalente.
4. Aquel alumno, que por alguna razón justificada, no pueda abonar la cuota en el plazo antes indicado deberá solicitar a la administración la postergación del pago de la misma. La misma deberá requerirse previo al cierre del periodo de pagos. La duración de la postergación será convenida de acuerdo a las circunstancias de cada caso particular.
5. El alumno que no abone la cuota en los primeros diez días del mes correspondiente, o que exceda el vencimiento de la postergación de pagos, será sancionado con interés del %10 mensual sobre el monto total de la cuota.
6. Cada alumno será poseedor de un comprobante de pagos correspondiente al año en curso. El mismo será considerado como única certificación por parte del alumno de haber abonado las cuotas de los meses pasados. Queda bajo responsabilidad del alumno la conservación de dicho comprobante.
7. En caso de ausencia durante el mes la cuota deberá abonarse en su totalidad y sin retraso.
8. Toda consulta, pedido o sugerencia deberá ser presentado a la administración del Dojo.